lunes, 7 de enero de 2013

Ley de Seguridad Alimentaria y Nutrición

Según la Ley de Seguridad Alimentaria y Nutrición, las escuelas infantiles deben proporcionar a las familias de todos los comensales, incluidos aquellos con necesidades especiales (intolerancias, alergias alimentarias u otras enfermedades que así lo exijan), la programación mensual de los menús, de la forma más clara y detallada posible. Además, orientarán con menús adecuados para que la cena sea complementaria con la comida del mediodía y pondrán a disposición de las familias, tutores o responsables de los niños la información de los productos utilizados para la elaboración de los menús, de acuerdo a las normas sobre etiquetado de productos alimenticios.
Es bastante habitual que en las guarderías y en las escuelas infantiles se publicite un menú con la siguiente información:
  • Puré de pollo y verduras.
  • Yogur, fruta o zumo.
Cuando lo correcto sería indicar:
  • Puré de pollo y verduras (pechuga de pollo, patata, zanahoria, cebolla, aceite y sal).
  • Triturado de frutas (manzana, pera y naranja).

Alimentos triturados: ¿hay alguna normativa que los regule?

La normativa que regula este tipo de alimentos es la citada Ley de Seguridad Alimentaria y Nutrición. En su artículo 40, señala que las autoridades competentes velarán para que las comidas servidas en escuelas infantiles sean variadas, equilibradas y estén adaptadas a las necesidades nutricionales de cada grupo de edad. También apunta que serán supervisadas por profesionales con formación acreditada en nutrición humana y dietética, algo que refrenda la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición (AESAN).
Por su parte, los tecnólogos de alimentos, expertos en seguridad e higiene alimentaria, subrayan que un triturado implica una mayor manipulación del plato y, en consecuencia, requiere de mayores medidas de higiene y seguridad para evitar cualquier contaminación. Aunque la normativa no obliga a ello, los expertos recomiendan que, en el caso de comidas transportadas, el plato se triture en el lugar de destino si reúne condiciones higiénico-sanitarias suficientes.

Alimentos que deben incluirse en los triturados

Durante los seis meses de adaptación entre la lactancia y la alimentación normal, es importante ofrecer la máxima variedad posible de alimentos al niño. Los alimentos que deberían incluirse en los triturados son los siguientes:
  • Lácteos: leche, yogur y queso.
  • Carnes: pollo, pavo, conejo, jamón cocido, ternera, cerdo y cordero.
  • Pescados: blanco sin piel, azul fresco y en conserva.
  • Huevo: clara, yema o entero.
  • Cereales: sémola de trigo, sémola de arroz, tapioca, pan tostado.
  • Verduras: calabacín, calabaza, cebolla, acelga, espinaca, judía verde, puerro, espárrago, coliflor, corazón de alcachofa.
  • Hortalizas: tomate sin piel.
  • Tubérculos: patata.
  • Legumbres: guisantes, lentejas, judías y garbanzos.
  • Frutas: manzana, pera, plátano, melocotón, naranja, fresas, etc.
  • Grasas: aceite de oliva, aceite de girasol, mantequilla, nata.
Sin embargo, algunos tendrán que incluirse de manera progresiva:
  • 6-7 meses: sin cordero, pescado, huevo, pasta o legumbres.
  • 8-9 meses: sin pescado, huevo o legumbres. Se introducen el cordero y la pasta.
  • 10 meses: sin clara de huevo, ni legumbres. Se introducen el pescado y la yema.
  • 11 meses: sin clara de huevo. Se introducen las legumbres.

salud = vida!

 
 
 
 

articulo nutricion=)